Divorcio Express: El nuevo Divorcio previsto en la reforma del Código Civil, llamado como “Divorcio Express” permite divorciarse, sin tener que demostrar causa o motivo y sin requerirse el tiempo mínimo de 3 años de casados como se preveía anteriormente.
En este nuevo tipo de Divorcio, solo bastará la voluntad de uno de los cónyuges, no es necesario el mutuo acuerdo de las partes sin tener que explicar al juez las causas ni los motivos del mismo, haciendo de este proceso un trámite ágil y rápido.
* Convenciones Matrimoniales, brindando a los futuros cónyuges la posibilidad de optar entre dos regímenes patrimoniales distintos: el de comunidad, o el nuevo régimen de separación de bienes.
* Liquidación y partición de sociedad conyugal.
* Medidas cautelares sobre el patrimonio de los cónyuges.
* Convenios. Alimentos, tanto para cónyuge como para hijos.
* Cuidado Personal – Régimen de Comunicación: (tenencia – régimen de Visitas.)
* Acciones de Filiación: reclamación, impugnación, negación. Adopción.